Por afectacion de COVID-19 los precios y servicios pueden variar.
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1.- QUE ES UN MENAJE DE CASA
Se entiende por Menaje de Casa aquellos artículos, muebles y enseres que no teniendo el caracter de efectos personales, sirven para el uso o comodidad doméstica.
Se incluyen en el menaje: Equipos electrónicos o electrodomésticos (ventilador, televisor, freezer, refrigerador, radio digital, etc.) artículos duraderos como máquina de moler, picar, pelar, secador de pelo, cafeteras, molino de café, entre otras), ollas eléctricas o no, cuchillería, mantelería, cristalería, ropa de tocador o cocina (manteles, toallas, sábanas, cortina de baño), adornos para el hogar, juegos de sala, comedor, cuarto, terraza, colchón, etc.
Los artículos considerados Menaje de casa entran al país Libre del Pago de Derechos de Aduanas
2.- NO SE CONSIDERAN MENAJE DE CASA.
bombas o motores, alimentos,
material de construcción o reparación de viviendas,
accesorios y piezas de repuesto de cualquier tipo,
máquinas herramientas,
muebles sanitarios,
cercas,
pinturas,
vehículos automotores,
embarcaciones, aeronaves y sus partes, piezas y accesorios y
cualquier otro que no clasifique como muebles y enseres domésticos.
3.- QUIENES PUEDEN IMPORTAR MENAJE DE CASA Y EN QUE TERMINOS Y CONDICIONES
El término para ejercer el derecho a la importación del menaje de casa es de seis (6) meses para:
a) Extranjeros que adquieren su residencia permanente en el territorio nacional, contado a partir de la fecha de otorgada la residencia.
b) Residentes permanentes en el territorio nacional, a su regreso definitivo, después de haber salido a trabajar o estudiar en el extranjero, en funcion o mision oficial, por más de dos años, contados a partir de su regreso despues de concluida la misión.
c) Cubanos que cancelan el permiso de residencia y hayan permanecido por mas de dos años en el extranjero, a partir de la fecha de cancelado el permiso y otorgada la residencia permanente en Cuba.
d) Los funcionarios del servicio exterior de la República de Cuba, a partir de la fecha de su regreso al país.
e) Los extranjeros, que adquieran en propiedad o arrienden viviendas o apartamentos, en inmobiliarias autorizadas, pueden ejercer el derecho para importar el menaje, siempre que el contrato este vigente y no hayan ejercido ese derecho con anterioridad.
4.- OTROS REQUISITOS Y CONDICIONES A TENER EN CUENTA PARA LA IMPORTACION DEL MENAJE DE CASA
El menaje debe ser embarcado hacia Cuba en el mismo país de donde procede la persona.
Cuando la persona que hace uso del derecho al menaje viene acompañada de su familia, se autoriza solamente un menaje para el nucleo familiar.
Para la autorizacion del menaje en lo que respecta a cantidades de artículos (enseres y mobiliarios) se tendrá en cuenta que dichas cantidades se correspondan con los es¬pacios habitacionales de la vivienda al cual están destinados. En el caso de los equipos electrodomésticos, sólo se admitirán exentos del pago, dos (2) equipos de cada tipo.
El despacho del menaje de casa se hace como una unidad indivisible. No se autoriza el despacho del menaje de forma fraccionada
El menaje de casa debe ser tramitado por la persona con derecho al mismo. Cuando por razones fundadas la persona con ese derecho no puede estar presente, debe solicitarse por escrito la autorización excepcional al Jefe de la Aduana de Despacho.
5.- NO SE PERMITE LA IMPORTACION COMO PARTE DEL MENAJE DE CASA
Artículos no permitidos
Artículos que estando sujetos a permiso o autorizacion de organismo competente para su importacion, no cumplan dicho requisito.
Artículos que no están comprendidos en la clasificación de menaje de casa.
Envíos a Cuba,
Mayabe Express Corp.
contenedores de envios a cuba con menaje de casa
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